Tuesday, July 07, 2009

Incentivos Divinos: Economía en el Cónclave


El 7 de mayo de 1274 se dio comienzo en la Catedral de San Juan, al XIV Concilio Ecuménico de la Iglesia Católica, también conocido como II Concilio de Lyon. Los motivos principales a tratar en la asamblea canónica eran la reunificación de las Iglesias de Oriente y Occidente (católica y ortodoxa) separadas desde el cisma de 1054 y una nueva Cruzada a Tierra Santa.
En sus materias secundarias, el Concilio reguló las condiciones en que era electo el Papa debido al siguiente suceso. El Papa que convocó la reunión, Gregorio X, fue electo después de casi TRES años de deliberación, causando todos los problemas y rencillas que pueden generarse en una organización así, acéfala por tanto tiempo.
Para evitar que esto volviera a repetirse, se acordó tomar medidas que desincentivaran las largas deliberaciones de los cardenales y que facilitaran los consensos entre las distintas propuestas de sucesores al trono de Pedro. Parece que ya en el siglo XIII habían MBAs dentro de la alta curia.
El resultado fue la bula Ubi Periculum que establecía, en primer término, que los cardenales electores debían reunirse transcurridos máximo diez días después de la muerte del pontífice, totalmente aislados y encerrados con llave (cum clavis o contemporáneamente, cónclave). Su único contacto con el exterior sería a través de una ventana para recibir alimentos. Si dentro de tres días no habían logrado una resolución, sus comidas serían reducidas a un plato a medio día y otro al atardecer. Si llegaban al octavo día sin definición, su alimento diario sólo sería agua, pan y un poco de vino. Además, no percibirían las rentas que les otorgaba la Santa Sede durante todo el tiempo que estuvieran cum clavis.
Genial. O se ponían de acuerdo rápido o se morían de hambre (proverbial es su propensión a la buena mesa) y disminuía su tesoro. Un implacable incentivo para evitar el costo que le significaba a la Iglesia los largos períodos de anarquía. Que ganas de clonar a Gregorio X y sentarlo en el Ministerio de Economía o en la administración del poder legislativo o judicial.
Con algunos periodos de relajo, la normativa de elección de la máxima autoridad eclesiástica se mantiene hasta hoy.


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